¿No está viendo a sus hijos o no le cumplen el régimen de visitas en Las Condes? La relación directa y regular se puede fijar, precisar y hacer cumplir ante el tribunal. La mayoría de estos casos se resuelve por una sola razón: un régimen redactado en términos vagos es un régimen que se incumple cada quince días.
Escríbanos contando la edad de los hijos, si hay régimen fijado y desde cuándo no los ve.
Desde la mediación previa hasta la solicitud de cumplimiento, con la misma persona a cargo.
En Las Condes la competencia sigue el domicilio del niño.
En Las Condes se detalla también quién retira y quién devuelve al niño.
En Las Condes impedir el contacto tiene consecuencias que el tribunal puede aplicar.
En Las Condes evita que se consolide una situación de hecho sin contacto.
En Las Condes conviene plantearlo antes del cambio, no como hecho consumado.
En Las Condes un régimen sin vacaciones definidas se discute cada temporada.
Los abuelos y otros parientes pueden solicitar un régimen de relación con el niño. Es una acción propia, poco conocida, que suele importar cuando la relación con la familia extendida se cortó junto con la separación de los padres.
En Las Condes el régimen debe ser materialmente posible, no solo deseable.
En Las Condes se pueden fijar reglas concretas de comunicación entre los padres.
En visitas la mayoría de los problemas viene de un régimen mal redactado. Estos son los antecedentes que se revisan en Las Condes.
En Las Condes usted decide con la información completa: qué es viable y qué resuelve el tribunal.
El encargo se define por escrito antes de empezar, incluyendo qué etapas cubre.
La persona que revisa los antecedentes es la que comparece en las audiencias.
Coordina, consulta y hace seguimiento por WhatsApp con el abogado, sin pasar por una central telefónica.
Trabajamos en Las Condes y alrededores dentro de la Región Metropolitana, confirmando antes el tribunal competente.
Cuéntenos por WhatsApp si hay régimen fijado y desde cuándo no ve a sus hijos, y le decimos qué corresponde.
La mayoría de los conflictos de esta materia no vienen de mala fe sino de un régimen mal redactado. «Fines de semana por medio» sin más detalle deja abiertas todas las preguntas que después se discuten: a qué hora se retira, quién traslada, qué pasa en vacaciones y quién tiene al niño en las fiestas. Precisar el régimen suele resolver más y costar menos que volver a pelearlo entero.
La acción correcta depende de si existe régimen fijado y de cómo está redactado.
Conviene llegar a la mediación con una propuesta de calendario concreta.
El régimen provisorio evita que se consolide una situación de hecho sin contacto.
El tribunal puede decretar apercibimientos ante el incumplimiento reiterado.
En cada consulta en Las Condes le decimos si su caso se resuelve acordando, fijando el régimen o pidiendo su cumplimiento. Muchas veces basta con precisar lo que ya existe.
Así se trabaja una causa de visitas acá, desde la primera consulta hasta el cierre.
Mándenos un mensaje indicando si los padres viven en la misma ciudad dentro de Las Condes.
Se ordena el registro de incumplimientos con fechas para sostener la solicitud.
Se lleva la causa hasta la sentencia o hasta el acuerdo aprobado.
Cuando aparece una fecha nueva o una resolución, se le avisa apenas se notifica.
Si algo de esto le está pasando en Las Condes, mándenos la descripción y le decimos qué corresponde hacer.
En Las Condes sin el certificado de mediación frustrada la demanda no se tramita.
En Las Condes los mensajes entre los padres son prueba y conviene conservarlos.
En Las Condes se detallan días, horarios, quién traslada y períodos especiales.
En Las Condes incluirlos desde el inicio evita volver cada temporada.
En Las Condes conviene definir quién asume los costos del traslado.
En Las Condes es una vía real y poco utilizada.
En Las Condes el objetivo es sacar al niño del medio del conflicto.
En Las Condes cada obligación se exige por su propia vía.
Un par de hábitos simples cambian bastante cómo se resuelve una causa de visitas en Las Condes.
Cumpla el régimen puntualmente aunque el otro no cumpla el suyo. El incumplimiento propio no se justifica por el ajeno y queda registrado igual.
Nunca condicione las visitas al pago de la pensión, ni el pago al cumplimiento de las visitas. Son obligaciones independientes y mezclarlas perjudica a quien lo hace.
Pida que el régimen quede detallado: días, horarios, quién retira, quién devuelve y qué pasa en vacaciones y fiestas. Un régimen vago es un régimen que se incumple cada quince días.
Regule expresamente el contacto por videollamada cuando hay distancia. Es contacto y se puede establecer.
No retenga al niño más allá del horario acordado. Aunque sea por poco tiempo, es un incumplimiento y se registra.
No hable mal del otro padre delante del niño ni lo use como mensajero. Además del daño evidente, el tribunal lo pondera.
Servimos Las Condes, un polo residencial y financiero del sector oriente. Recibimos consultas de todos los sectores de Las Condes —incluyendo El Golf, Los Dominicos, Apoquindo y San Carlos de Apoquindo— y en comunas cercanas de la Región Metropolitana. Comparecemos ante el tribunal de familia que corresponda según el domicilio del niño, y coordinamos con anticipación las audiencias y mediaciones que se realizan por videoconferencia. El trabajo en El Golf o Los Dominicos parte igual: si hay régimen fijado y cómo está redactado.
Todas estas páginas cubren Las Condes. La general reúne el panorama completo; las demás entran en detalle.
Si no hay régimen, se demanda con provisorio incluido. Si lo hay, se exige su cumplimiento.
Es el término legal del régimen de visitas: el contacto del padre que no tiene el cuidado.
Depende de si se resuelve en mediación o en juicio y de si lo que corresponde es fijar el régimen, precisarlo o exigir su cumplimiento. Muchas veces la gestión adecuada es la más barata de las tres. El alcance y el valor se acuerdan por escrito antes de asumir.
Se puede precisar, y suele ser la gestión que más resuelve con menos trámite.
Son cosas separadas. Es de los errores más frecuentes y más costosos de esta materia.
No. Al presentar la demanda se puede solicitar un régimen provisorio, que el tribunal fija con los antecedentes iniciales para que el contacto no se interrumpa durante meses. Es de las gestiones que más rápido tienen efecto y suele marcar el tono de todo el procedimiento.
Conviene que queden establecidas desde el inicio, con años alternados y fechas concretas de inicio y término. Los períodos especiales son la principal fuente de conflicto anual cuando el régimen no los previó, y regularlos evita volver al tribunal cada temporada.
Existe esa vía y se usa poco. El régimen que se fija suele ser más acotado.
Se rediseña con períodos largos y menos frecuentes, definiendo traslados y costos.
Ni forzarlo ni ignorarlo. Se documenta y se plantea, porque puede haber una causa atendible.
Sí. La competencia sigue el domicilio del niño y se confirma antes de presentar.
Mándenos la resolución vigente si la tiene. Con eso se responde en la misma consulta.
Mándenos un mensaje con su situación y su comuna dentro de Las Condes; le respondemos qué corresponde hacer primero.
Escribir por WhatsAppAtendemos Las Condes y las comunas vecinas de la Región Metropolitana. Coordinamos por WhatsApp y confirmamos el tribunal competente antes de asumir.
Aviso: el contenido de esta página es orientación general sobre la relación directa y regular en Chile y no constituye asesoría sobre un caso concreto. El régimen lo fija el tribunal de familia atendiendo al interés superior del niño y a los antecedentes de cada causa, de modo que ningún resultado puede anticiparse. Para su situación en Las Condes, escríbanos y la revisamos con los antecedentes a la vista.