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Demanda y cobro de alimentos

Abogado Pensión de Alimentos en Chile

El monto no sale de una tabla: se construye con la capacidad económica acreditada del alimentante y con los gastos del niño documentados.

Alimentos y cobro en Chile y todo el país
Honorarios y alcance acordados por escrito
Un abogado a cargo de la causa
Consultas y seguimiento por WhatsApp
Qué asumimos

Abogado Pensión de Alimentos: qué asumimos

Desde la mediación previa hasta el cobro de lo adeudado, con la misma persona a cargo.

Preparación de una demanda de alimentos en Chile

Demanda de alimentos

La demanda se presenta ante el tribunal de familia competente, después de la mediación previa que la ley exige en esta materia. Lo que decide el resultado no es el relato, sino la prueba de los ingresos del alimentante y de los gastos del niño.

Acreditación de ingresos y gastos para fijar la pensión en Chile

Cómo se fija el monto

La ley fija un piso por hijo referido al ingreso mínimo remuneracional y un tope sobre las rentas del alimentante. Entre esos extremos, el tribunal decide con dos cosas: la capacidad económica acreditada y las necesidades del niño documentadas.

Gestión de cobro de pensiones adeudadas en Chile

Cobro de pensiones impagas

Una pensión impaga se cobra ante el mismo tribunal: primero se liquida la deuda para tener el monto exacto y desde ahí se piden retención al empleador, retención de la devolución de impuestos, inscripción en el registro de deudores y apremios.

Alimentos provisorios

Al presentar la demanda se pueden solicitar alimentos provisorios, que el tribunal fija con los antecedentes iniciales para que el niño no quede sin sustento mientras dura el juicio. Es una de las gestiones que más rápido tiene efecto.

Aumento de la pensión

La pensión fijada hace años puede quedar corta porque el niño creció, cambiaron sus gastos o mejoró la situación económica del alimentante. El aumento se pide acreditando ese cambio de circunstancias, no repitiendo la demanda original.

Rebaja de la pensión

Cuando bajan los ingresos, se pierde el trabajo o nacen otros hijos, la pensión fijada puede volverse insostenible. Dejar de pagar por cuenta propia no es una opción: hay que pedir la rebaja al tribunal, y hacerlo antes de acumular deuda.

Alimentos para hijos mayores

La obligación no termina automáticamente a los dieciocho años. Se extiende hasta los veintiuno, y puede prolongarse más allá si el hijo cursa una profesión u oficio o si concurre una incapacidad que le impida subsistir.

Demanda a los abuelos

Cuando el padre o la madre no tiene capacidad económica o no es habido, la ley permite demandar subsidiariamente a los abuelos. Es una acción con requisitos propios y exige acreditar previamente la falta de capacidad del obligado principal.

Registro de deudores

El registro nacional de deudores de pensiones de alimentos tiene efectos concretos: retención de la devolución de impuestos, bloqueo de trámites, retención en operaciones de compraventa y restricciones para renovar documentos.

Cómo trabajamos

Cómo se trabaja una causa de alimentos

En Chile preferimos explicar cómo se construye el monto antes que prometer una cifra que fija el tribunal.

Honorarios acordados por escrito

Antes de asumir se define por escrito qué comprende el encargo, incluyendo si cubre la mediación previa o solo el juicio.

Un abogado a cargo

La persona que revisa los antecedentes es la que comparece en las audiencias.

Contacto directo

Coordina, consulta y hace seguimiento por WhatsApp con el abogado, sin pasar por una central telefónica.

Cobertura en Chile

Atendemos Chile y comunas cercanas de la Región Metropolitana, ante el tribunal de familia competente.

Qué se puede pedir

Qué se puede pedir en esta materia

Cuéntenos por WhatsApp cuántos hijos son y si ya hay una pensión fijada, y le decimos qué acción corresponde.

Demanda de alimentosAlimentos provisoriosAumento de pensiónRebaja de pensiónCese de alimentosAlimentos para mayoresDemanda a los abuelosLiquidación de deudaRetención al empleadorRetención de impuestosRegistro de deudoresApremios personalesArraigo por deudaSuspensión de licenciaMediación previaAcuerdo aprobadoIngreso mínimo de referenciaCapacidad económicaGastos acreditadosAlimentos entre cónyugesAlimentos mayores de 21Cumplimiento y cobro

El error más frecuente en esta materia es creer que el monto sale de una fórmula. La ley fija un piso por hijo y un techo sobre las rentas del alimentante, pero entre esos dos extremos decide la prueba: la capacidad económica que se logre acreditar y los gastos del niño que estén documentados. Por eso una demanda bien preparada obtiene resultados muy distintos a una presentada solo con el relato.

Cómo trabajamos

De su mensaje al tribunal

Un procedimiento claro, sin tecnicismos innecesarios y sin etapas que aparezcan después.

Escríbanos

Escríbanos por WhatsApp contando cuántos hijos son, sus edades y en qué comuna de Chile viven.

Revisamos antecedentes

Revisamos liquidaciones, comprobantes de gastos y cualquier resolución anterior que exista.

Mediación o demanda

Se cita a mediación, y si no prospera se presenta la demanda con la prueba reunida.

Seguimiento de la causa

Le informamos qué se resolvió y qué viene después, sin que tenga que averiguarlo por su cuenta.

Áreas de trabajo

Otras materias que asumimos

Cada materia tiene su propia página por comuna, con el detalle del procedimiento que corresponde.

Cobertura

Pensión de alimentos en 94 comunas de Chile

Elija su comuna entre las 94 que cubre el sitio y entre a la página con el detalle de esta materia, el tribunal competente y cómo iniciar la consulta.

Región de Arica y Parinacota1 comunas

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre pensión de alimentos

¿Cuánto es la pensión de alimentos mínima?

La ley establece un piso por hijo referido al ingreso mínimo remuneracional —más alto cuando se trata de un solo hijo que por cada uno cuando son varios— y un techo respecto de las rentas del alimentante. Entre esos dos extremos el tribunal decide con la capacidad económica acreditada y los gastos documentados del niño. No existe una fórmula automática.

¿Cuánto cobra un abogado por una demanda de alimentos?

Depende de si se resuelve en mediación o en juicio, de si hay deuda que liquidar y cobrar, y de cuántas gestiones comprende el encargo. El alcance y el valor se acuerdan por escrito antes de asumir.

¿Tengo que ir a mediación antes de demandar alimentos?

Sí. Alimentos es una de las materias donde la ley exige mediación previa, y sin el certificado de mediación frustrada el tribunal no da curso a la demanda. Además conviene aprovecharla: un acuerdo aprobado por el tribunal vale lo mismo que una sentencia y llega bastante antes.

El padre dice que no tiene ingresos, ¿qué se puede hacer?

La prueba se construye con antecedentes indirectos: nivel de vida, bienes a su nombre, movimientos, arriendos y publicaciones. Además, el tribunal puede oficiar a instituciones para conocer sus ingresos reales. Y aunque no se acredite ingreso formal, el piso legal por hijo sigue operando.

¿Hasta qué edad se paga la pensión de alimentos?

No termina automáticamente a los dieciocho. La obligación se extiende hasta los veintiún años, y puede prolongarse más allá si el hijo cursa una profesión u oficio o si concurre una incapacidad que le impida subsistir. Para hacerla cesar hay que pedirlo al tribunal y acreditarlo: dejar de pagar por cuenta propia solo genera deuda.

No me pagan la pensión, ¿cómo la cobro?

Se liquida la deuda ante el tribunal para tener el monto exacto y desde ahí se activan las medidas: retención por el empleador, retención de la devolución de impuestos, inscripción en el registro nacional de deudores —que bloquea trámites y renovaciones— y apremios personales cuando el incumplimiento no tiene justificación.

¿Qué es el registro de deudores de alimentos?

Es un registro nacional en el que se inscribe a quien acumula las cuotas impagas que la ley señala. Sus efectos son concretos: retención de la devolución de impuestos, bloqueo de trámites, retención en operaciones de compraventa y restricciones para renovar determinados documentos. Es la herramienta de cobro que más ha destrabado pagos en los últimos años.

¿Puedo pedir que suban la pensión?

Sí, cuando cambian las circunstancias: el niño creció, aumentaron sus gastos o mejoró la situación económica del alimentante. El aumento se pide acreditando ese cambio con documentos actuales, no repitiendo la demanda original. Esta materia también pasa por mediación previa.

Se pueden pedir alimentos a los abuelos?

La ley permite demandar subsidiariamente a los abuelos cuando el obligado principal no tiene capacidad económica o no es habido. Exige acreditar primero esa insuficiencia, y se considera también la capacidad de los abuelos. Conviene evaluarlo temprano, antes de acumular años de deuda incobrable.

¿Qué son los alimentos provisorios?

No. Al presentar la demanda se pueden solicitar alimentos provisorios, que el tribunal fija con los antecedentes iniciales para que el niño no quede sin sustento mientras dura el juicio. Se devengan desde que se decretan y pueden ajustarse en la sentencia definitiva. No pedirlos significa esperar toda la causa sin aporte.

¿Atienden causas en toda la comuna de Chile?

Sí. Atendemos su comuna y comunas cercanas de la su región, ante el tribunal de familia que corresponda. En alimentos la competencia suele seguir el domicilio del alimentario, así que lo confirmamos antes de presentar.

¿Cómo empiezo una consulta?

Escríbanos por WhatsApp indicando cuántos hijos son y sus edades, si ya existe una pensión fijada y desde cuándo, si hay deuda acumulada y si ya hubo mediación. Con esos datos se puede decir qué acción corresponde y en qué orden.

Consulte su caso de alimentos

Indíquenos cuántos hijos son y si ya hay pensión fijada. Le decimos qué acción corresponde y en qué orden.

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Abogado Experto Familia

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